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FEDECA PRESENTA DEMANDA CONTRA ALTOS CARGOS NOMBRADOS POR EL GOBIERNO

FEDECA PRESENTA DEMANDA CONTRA ALTOS CARGOS NOMBRADOS POR EL GOBIERNO

11 de septiembre de 2020 - La Federación española de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca), que agrupa a 45 asociaciones de funcionarios y funcionarias A1, tiene entre sus compromisos la defensa de los principios de mérito y capacidad. Es necesario remarcar que la necesidad de altos cargos nombrados con criterios de mérito y capacidad, es una garantía del Estado de Derecho y una necesidad en el siglo XXI.

Desde Fedeca se propugna la defensa del mérito y capacidad y de la profesionalidad en el sector público, y ante los más de 35 nombramientos de Directores Generales sin cumplir con estos requisitos ha presentado una demanda ante el Tribunal Supremo, que ya ha sido admitida a trámite el pasado mes de agosto.

La demanda, planteada en vía contencioso administrativa, se plantea por la exceptuación de la condición de ser funcionario o funcionaria de cuerpos superiores de los siguientes altos cargos, entre otros:

  • Dirección General de Comunicación,
  • Diplomacia Pública y redes.
  • Dirección General de Infraestructuras.
  • Dirección General de Tráfico. Dirección General de Migraciones.
  • Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas.
  • Departamento de Información Económica de la Secretaría de Estado de Comunicación.
  • Dirección de la Oficina del Alto Comisionado para España Nación Emprendedora.
  • Dirección de la Oficina de Alto Comisionado para la lucha contra la pobreza infantil.

Esta lista no deja de crecer, dado que el número de nombramientos que no ostentan la condición de funcionarios A1 no ha dejado de aumentar.

¿Por qué Fedeca apuesta por los funcionarios públicos en vez de nombramientos externos?

  • Porque el nombramiento de altos cargos no exige validación alguna del mérito y capacidad que está presente en los funcionarios de carrera A1. Esto es, el nombramiento de estos Directores Generales, no ha exigido una validación de competencias a través de sistema alguno.
  • Porque la profesionalización del sector público es una garantía del Estado de Derecho, y los funcionarios de carrera A1 acceden por oposición tras haber realizado una Licenciatura o Grado. Para ser Director en estas circunstancias no se requiere ninguno de estos requisitos.

¿El nombramiento de altos cargos en el Sector Público exige ser funcionario de carrera?

  • Así es, dado que como garantía de objetividad en el servicio a los intereses generales, diversas leyes han exigido que el nombramiento de los altos cargos de la Administración pública se haga entre personas con la debida competencia profesional, formación y experiencia.
  • Y como concreción más específica de esta garantía, la Ley establece que los nombramientos de Directores Generales habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1, salvo que el Real Decreto de estructura permita que, en atención a las características específicas de las funciones de la Dirección General, su titular no reúna dicha condición de funcionario, debiendo motivarse mediante memoria razonada la concurrencia de las especiales características que justifiquen esa circunstancia excepcional. Esta exigencia alcanza también a los Subsecretario y Secretarios Generales Técnicos”

 

Descargue el comunicado aquí