Los funcionarios llevarán al Supremo la designación a dedo de 23 altos cargos

Fuente: 
lainformacion.com

Los cuerpos superiores del Estado ultiman un recurso contra la norma que habilitó al Ejecutivo para designar directores generales no funcionarios.

De las 15 direcciones generales en que se estructuran la Vicepresidencia y los cuatros ministerios que conforman el área de Gobierno controlada por Unidas Podemos, nada menos que 13 están ocupadas por personas ajenas a la Función Pública. El asunto constituye un hecho insólito desde la perspectiva de que la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público del año 2015 establece de forma taxativa que los nombramientos de directores generales del Gobierno "habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales" y sitúa el nombramiento de no funcionarios como un hecho excepcional que deberá ser motivado de manera suficiente por el departamento que lo solicite.

Los argumentos utilizados por los ministerios concernidos para justificar este uso masivo de la excepción legal han ido desde la necesidad de "conocimientos transversales difíciles de encontrar en la Función Pública" a que el cargo en cuestión "trasciende de las normales competencias administrativas"... aún cuando se encuadra en la Función Pública. "Los argumentos son cada vez más peregrinos", protesta Jordi Solé, presidente de Fedeca, la federación de asociaciones representativas de los cuerpos superiores de la Administración que ha decidido dar un paso al frente y llevar al Tribunal Supremo la insólita cascada de nombramientos a dedo de directores generales no funcionarios por parte del Gobierno de coalición.

Los cuerpos superiores de la Administración -inspectores de Hacienda, técnicos comerciales, estadísticos, abogados del Estado, administradores civiles...-, la élite de la Función Pública cuyos miembros están llamados a ocupar esos puestos directivos como culminación de su carrera profesional, han observado los nombramientos masivos de directores generales ajenos a la escala funcionarial no sólo como un abuso de lo que la legislación fija como una excepción sino como un incumplimiento flagrante de los principios de profesionalidad, imparcialidad y competencia que deben regir este tipo de nombramientos.

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