Comunicado de apoyo a APSITAL

Fuente: 
Fedeca

La Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración General del Estado, FEDECA, desea a través de este comunicado, manifestar su apoyo a APSITAL (Asociación Profesional de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local) y mostrar su desacuerdo con la modificación del Artículo 92 bis (“Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional”) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, a través de enmiendas al proyecto de Presupuestos Generales del Estado, presentada ante la Mesa de la Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados, el pasado 28 de octubre de 2022.

Dicha enmienda propone ceder a las Comunidades Autónomas las siguientes funciones reservadas a la Administración General del Estado: la creación, aprobación y supresión de puestos de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, regular las bases comunes de los concursos para la provisión de puestos, los nombramientos provisionales, las comisiones de servicios, nombramientos de personal interino y el régimen disciplinario de los citados funcionarios.

La enmienda propuesta pone en riesgo los principios de imparcialidad y cualificación que debe regir el desempeño de la labor de los funcionarios públicos de la mencionada escala y propone que haya un modelo diferente para cada Comunidad Autónoma, atentando contra el principio constitucional que garantiza la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

 

Información adicional sobre los funcionarios públicos de Administración Local con habilitación de carácter nacional

Actualmente, la escala de funcionarios públicos de Administración Local con habilitación de carácter nacional engloba a 1) los Secretarios, cuyas funciones son la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo, 2) los Interventores, cuyas funciones son el control y fiscalización interna de la gestión económica y presupuestaria de los ayuntamientos y su contabilidad, y 3) los Tesoreros, cuyas funciones están relacionadas con la tesorería y recaudación.

Las funciones públicas mencionadas anteriormente son requeridas en todas las Corporaciones locales, y su responsabilidad administrativa está reservada a dichos funcionarios.

Los funcionarios públicos de Administración Local con habilitación de carácter nacional, asumen adicionalmente, y entre otras, tareas de relevancia relacionadas con los procesos electorales, como delegados de la Junta Electoral de Zona, coordinando de la celebración de los plenos para la celebración de elecciones de los miembros de las Mesas Electorales, y funciones directivas en el ámbito local, impulsando la acción de los gobiernos locales y facilitando que la misma se ajuste a la legalidad.

Al corresponderles la fiscalización y el control del cumplimiento de la legalidad en el ámbito de sus competencias, sus funciones garantizan la transparencia, objetividad, legalidad e igualdad procedimental en todo el territorio nacional, sirviendo así a los principios generales esenciales del Estado.

 

Información adicional sobre FEDECA

FEDECA representa 44 asociaciones profesionales y sindicatos de funcionarios públicos de carrera donde se integran 15.000 profesionales, y defiende una Administración Pública sólida, estructurada y plural, que sirva con profesionalidad y capacidad los intereses generales que la Constitución y los ciudadanos demandan.